
UDMNormativaInterna
La Junta Directiva del UDMElidaOlimpia, comprometida con el crecimiento, la excelencia y la buena gestión del club y sus instalaciones deportivas, establece esta normativa interna como herramienta fundamental para el correcto funcionamiento de toda la estructura deportiva.
Con total transparencia y responsabilidad, se pone en conocimiento de todos los integrantes del club —desde el presidente hasta los coordinadores, cuerpo técnico, personal administrativo, monitores y cualquier colaborador— la obligatoriedad de cumplir y hacer cumplir estas normas. El objetivo es asegurar una coordinación eficaz, un entorno de trabajo respetuoso y una experiencia formativa de calidad para todos los deportistas que forman parte de nuestra escuela.
Esta normativa representa el marco de conducta y operatividad que sustenta los valores del club: compromiso, disciplina, respeto, formación y trabajo en equipo.
El cumplimiento de este reglamento no es una opción. Es la base sobre la que se construye un club de referencia.
ÍNDICE
Se establece, en este documento, la normativa interna para todo el personal que forme parte del proyecto deportivo efectuado en La Unión, concretamente, las reglas y normas de la entidad deportiva UDMElidaOlimpia.
INDICE RÉGIMEN INTERNO DEL UDM ELIDA OLIMPIA
TÍTULO I – DISPOSICIONES GENERALES CLUB
TÍTULO II – DISPOSICIONES GENERALES ENTRENAMIENTOS
TÍTULO III – DISPOSICIONES GENERALES PARTIDOS
TÍTULO IV – DISPOSICIONES GENERALES FAMILIAS
TÍTULO V – DISPOSICIONES GENERALES LA UNIÓN Y MATERIAL DEPORTIVO
TÍTULO VI – 2º ENTRENADORES/DELEGADOS
TÍTULO VII – ENTRENADORES
TÍTULO VIII – COORDINACIÓN DEPORTIVA Y DIRECCIÓN DEPORTIVA
TÍTULO I – DISPOSICIONES GENERALES DEL CLUB
ARTÍCULO 1. Objeto de la normativa
La presente normativa tiene como finalidad establecer los principios, obligaciones y responsabilidades del personal deportivo del club UDMElidaOlimpia, garantizando que todas las actividades organizadas o en las que participe el club se desarrollen con integridad, profesionalidad y respeto.
ARTÍCULO 2. Ámbitos de aplicación
Quedan sujetos a esta normativa los siguientes ámbitos del club:
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Entrenamientos
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Partidos
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Relación con familias
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Instalaciones deportivas y material
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Entrenadores y segundos entrenadores
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Coordinadores deportivos
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Dirección deportiva
ARTÍCULO 3. Conocimiento y cumplimiento
Todo el personal implicado está obligado a conocer y respetar esta normativa. La falta de conocimiento no exime de su cumplimiento y podrá derivar en medidas disciplinarias.
ARTÍCULO 4. Representación institucional
Todo miembro del club representa al UDMElidaOlimpia en cada acto, actividad o encuentro, tanto dentro como fuera de las instalaciones. Por tanto, deberán mantener una conducta ejemplar basada en el civismo, la deportividad y el respeto.
ARTÍCULO 5. Actividades extraordinarias
Las actividades no incluidas en las cuotas ordinarias serán comunicadas con antelación suficiente. Su participación podrá estar sujeta a un coste adicional que será debidamente informado a las familias.
ARTÍCULO 6. Prioridad educativa
La misión del club es formar personas a través del deporte. Por ello, el desarrollo personal y formativo de los jugadores tendrá prioridad sobre la consecución de títulos, sin renunciar a competir con ambición y compromiso.
ARTÍCULO 7. Compromiso constante
Ser parte del club implica una representación continua. Incluso fuera del horario oficial, el comportamiento de los entrenadores y personal técnico debe estar alineado con los valores del UDMElidaOlimpia.
ARTÍCULO 8. Relación con el personal de servicio
El trato con todos los trabajadores y colaboradores del club, incluyendo personal administrativo, de mantenimiento o cafetería, debe basarse en el respeto, la educación y la cooperación.
ARTÍCULO 9. Gestión del material
Los entrenadores y técnicos son responsables del correcto uso y conservación del material deportivo y sanitario. Deberán devolverlo en orden tras su uso e informar de cualquier incidencia o pérdida al personal encargado.
ARTÍCULO 10. Faltas justificadas
Ante una ausencia justificada, el entrenador principal deberá comunicarlo con antelación suficiente y coordinar quién asumirá sus funciones. Será también responsable de que esa persona esté informada y capacitada.
ARTÍCULO 11. Presencia mínima en entrenamientos
En todas las sesiones debe estar presente como mínimo un entrenador y un segundo entrenador o delegado, especialmente en categorías formativas, donde el control y la seguridad son fundamentales.
ARTÍCULO 12. Informes trimestrales
Cada trimestre, los entrenadores deberán cumplimentar y entregar un informe de progreso del equipo al coordinador correspondiente, incluyendo objetivos alcanzados y aspectos a mejorar.
ARTÍCULO 13. Participación mínima en competición
Todos los jugadores con ficha en vigor deberán participar en un porcentaje mínimo de minutos en partidos oficiales, siempre que su compromiso y conducta estén alineados con la normativa del club.
Categoría y Mínimo de participación
Aficionado - Sin porcentaje mínimo
Juvenil - Sin porcentaje mínimo
Cadete - 30%
Infantil - 40%
Alevín - 40%
Benjamín - 45%
Prebenjamín - 45%
ARTÍCULO 14. Autoridad del entrenador principal
El entrenador principal tiene la autoridad para suspender o finalizar una sesión de entrenamiento si existe una causa justificada. Deberá notificar al coordinador los motivos a la mayor brevedad.
ARTÍCULO 15. Conocimiento de la liga y captación
Es responsabilidad del entrenador conocer la dinámica de la liga de su categoría y estar atento a posibles jugadores que puedan incorporarse al club.
ARTÍCULO 16. Colaboración entre entrenadores
Debe existir una relación fluida, de apoyo y cooperación entre todos los entrenadores del club, fomentando el trabajo en equipo y la unidad institucional.
ARTÍCULO 17. Cesión de jugadores entre categorías
Un entrenador de categoría superior podrá solicitar la incorporación temporal de jugadores de otras categorías, siempre con el consentimiento del entrenador del equipo de origen, que no podrá negarse sin una justificación razonada.
ARTÍCULO 18. Respeto entre compañeros
Debe prevalecer el respeto mutuo entre los entrenadores y técnicos del club, independientemente de los resultados deportivos. Se evitarán comentarios negativos o destructivos hacia otros compañeros.
ARTÍCULO 19. Cultura de club
Los entrenadores deben fomentar en sus jugadores y familias el sentimiento de pertenencia al club, anteponiendo el proyecto colectivo por encima de los intereses individuales.
ARTÍCULO 20. Respeto a los horarios
Es responsabilidad de cada equipo respetar los horarios de uso del campo y vestuarios, garantizando la transición ordenada entre sesiones y evitando interferencias con otros equipos.
ARTÍCULO 21. Participación institucional
Se recomienda a entrenadores y jugadores asistir como espectadores a entrenamientos o partidos de otros equipos del club, especialmente del primer equipo, como forma de reforzar el sentimiento de pertenencia y el apoyo mutuo.
TÍTULO II – DISPOSICIONES GENERALES SOBRE ENTRENAMIENTOS
ARTÍCULO 1. Planificación previa obligatoria
Todo entrenamiento debe estar planificado con antelación. La improvisación solo estará justificada ante situaciones excepcionales. La preparación metódica garantiza el desarrollo óptimo del aprendizaje.
ARTÍCULO 2. Supervisión de la coordinación
Los coordinadores deportivos podrán solicitar en cualquier momento la planificación del entrenamiento antes de su realización, así como preguntar por el desarrollo del mismo. Su objetivo será comprobar que los entrenadores están alineados con la metodología deportiva del club.
ARTÍCULO 3. Uniformidad y presentación
Todos los entrenadores deben asistir a los entrenamientos con la indumentaria oficial del club. El incumplimiento reiterado podrá conllevar la suspensión temporal de sus funciones por parte de la coordinación.
ARTÍCULO 4. Control de asistencia de jugadores
Cada entrenador será responsable de registrar la asistencia de sus jugadores en cada sesión. Estos registros se entregarán al coordinador al finalizar cada trimestre, debidamente actualizados.
ARTÍCULO 5. Jugadores a prueba
Todo jugador que participe en un entrenamiento a modo de prueba deberá haber firmado un documento de exención de responsabilidad civil por parte del club en caso de lesión. En el caso de menores de edad, dicho documento debe ser firmado por el padre, madre o tutor legal.
ARTÍCULO 6. Uso exclusivo del material
El material del club (balones, conos, petos, porterías, etc.) está destinado exclusivamente a las sesiones de entrenamiento. Está prohibido su préstamo para otras actividades sin autorización expresa del coordinador.
ARTÍCULO 7. Uso del teléfono móvil
Durante el entrenamiento, los entrenadores no podrán hacer uso del teléfono móvil, salvo por razones justificadas relacionadas con la sesión (como consultar ejercicios planificados o cronómetros). El uso personal o social del móvil está estrictamente prohibido durante la sesión.
TÍTULO III – DISPOSICIONES GENERALES SOBRE PARTIDOS
ARTÍCULO 1. Preparación táctica obligatoria
Todo partido debe prepararse con antelación, conociendo al rival, sus fortalezas y debilidades, así como los aspectos logísticos del evento. La preparación es un pilar irrenunciable para la competitividad del club.
ARTÍCULO 2. Imagen y presentación
Entrenadores, ayudantes y jugadores deben acudir perfectamente uniformados con la indumentaria oficial del club. Cualquier incumplimiento afectará negativamente a la imagen de la entidad y podrá ser sancionado.
ARTÍCULO 3. Puntualidad del cuerpo técnico
El cuerpo técnico deberá presentarse en la instalación correspondiente entre 10 y 15 minutos antes de la hora de citación establecida para los jugadores. El incumplimiento de este punto se considera falta grave. Su repetición podrá conllevar la expulsión inmediata del cuerpo técnico.
ARTÍCULO 4. Uso del teléfono móvil
Durante el transcurso del partido, el uso del teléfono móvil está prohibido salvo causa de fuerza mayor o necesidad justificada (contacto de urgencia o consulta técnica indispensable).
ARTÍCULO 5. Conducta ejemplar
El comportamiento hacia árbitros, rivales y sus respectivos cuerpos técnicos debe ser siempre intachable. Se debe transmitir a los jugadores los valores de respeto, deportividad, y humildad en la victoria o la derrota. Este principio es innegociable en el UDMElidaOlimpia.
ARTÍCULO 6. Sanciones disciplinarias al cuerpo técnico
Cualquier conducta del entrenador que derive en una sanción económica para el club será asumida económicamente por la persona implicada. Asimismo, la directiva se reserva el derecho de suspender de su cargo a quien incurra en este tipo de infracción.
ARTÍCULO 7. Comunicación post-partido
Tras la finalización de cada encuentro, el entrenador deberá mantener contacto con su coordinador deportivo para reportar lo sucedido, especialmente en caso de incidencias relevantes o situaciones que requieran seguimiento.
ARTÍCULO 8. Antelación en las citaciones
La convocatoria oficial para partidos, torneos o eventos deberá ser comunicada con al menos 3 días de antelación a jugadores y familiares.
ARTÍCULO 9. Horarios mínimos de citación
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En categorías de fútbol 7, la citación debe realizarse con un mínimo de 45 minutos de antelación.
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En categorías de fútbol 11, el tiempo mínimo de citación será de 60 minutos antes del encuentro.
En caso de retraso injustificado por parte de un jugador, el entrenador tiene libertad para establecer consecuencias internas dentro del reglamento particular del equipo. La puntualidad es un indicador fundamental del compromiso con el club y se vigilará con rigor.
TÍTULO IV – DISPOSICIONES GENERALES PARA LAS FAMILIAS
ARTÍCULO 1. Al inicio de cada temporada, se celebrará una reunión informativa con las familias de todos los equipos desde Chupetín hasta Cadete. En dicha reunión se presentarán los objetivos deportivos, las normas internas y las pautas metodológicas. A partir de categoría Cadete, la reunión se realizará exclusivamente con los jugadores.
ARTÍCULO 2. Se evitará en todo momento realizar comentarios inapropiados hacia las familias. En caso de que fuera necesaria una intervención o aclaración, se solicitará una reunión formal con cita previa y se informará al Coordinador y Director Deportivo. Los entrenadores deben mantener la compostura ante cualquier tipo de comentario o crítica, independientemente del contexto.
ARTÍCULO 3. El trato con las familias debe ser siempre respetuoso, cordial y profesional. En caso de cualquier incidencia, se remitirá directamente al Coordinador o, en su defecto, al Director Deportivo. Los entrenadores tienen como única responsabilidad la formación deportiva de los jugadores, no la relación con sus progenitores.
ARTÍCULO 4. Una relación cercana con las familias no debe interferir con el trabajo técnico o generar favoritismos. Cualquier evidencia de trato desigual será motivo de revisión por parte del club y podría derivar en la suspensión del entrenador implicado.
TÍTULO V – DISPOSICIONES GENERALES SOBRE LAUNIÓN Y EL MATERIAL DEPORTIVO
ARTÍCULO 1. Las instalaciones de LaUnión son propiedad de todos los que formamos UDMElidaOlimpia. Su mantenimiento y cuidado es responsabilidad compartida. Cualquier anomalía o daño deberá comunicarse de inmediato a la Dirección.
ARTÍCULO 2. Todo el personal del club tiene la obligación de mantener la limpieza. La recogida de papeles, botellas u objetos olvidados es una muestra de respeto hacia nuestro entorno.
ARTÍCULO 3. El mal uso o despreocupación por el material deportivo o las instalaciones no será tolerado. Quienes no valoren ni cuiden los recursos del club no tendrán cabida en el proyecto.
ARTÍCULO 4. Es obligatorio contabilizar los balones al inicio y final de cada entrenamiento. Si se extravía uno, el equipo deberá reponerlo abonando 15 € al club.
ARTÍCULO 5. El orden y la organización del material al finalizar cada sesión es imprescindible. Todo el equipo debe quedar recogido y almacenado correctamente. Incumplir esta norma de forma reiterada será motivo de expulsión.
TÍTULO VI – FUNCIONES DE LOS SEGUNDOS ENTRENADORES Y DELEGADOS
ARTÍCULO 1. El segundo entrenador o delegado representa al equipo durante los partidos. Será el nexo entre el cuerpo técnico, el equipo rival y los árbitros, recibiéndolos y atendiéndolos antes, durante y después del encuentro.
ARTÍCULO 2. Colaborará con el entrenador principal en todas las tareas del equipo, incluyendo la gestión del material y la preparación de equipaciones alternativas.
ARTÍCULO 3. Debe conocer y respetar la normativa interna, velando por su cumplimiento.
ARTÍCULO 4. Está obligado a informar cualquier incidente que afecte negativamente al equipo o al club.
ARTÍCULO 5. Podrá ser convocado para formar parte de comisiones disciplinarias designadas por la Junta Directiva.
ARTÍCULO 6. No podrá utilizar el nombre del club ni atribuirse representación oficial sin autorización expresa.
ARTÍCULO 7. Actuará de forma responsable ante cualquier incidente (lesiones graves, emergencias, etc.), gestionando de forma inmediata los recursos necesarios.
ARTÍCULO 8. Deberá asistir a todas las reuniones requeridas por el club y ejercer como portavoz entre las familias y el cuerpo técnico.
ARTÍCULO 9. Junto al entrenador, garantizará el orden y limpieza en vestuarios, instalaciones y transportes.
ARTÍCULO 10. Será responsable de custodiar las fichas federativas y demás documentación del equipo.
ARTÍCULO 11. Acompañará al árbitro en partidos disputados en casa, tanto al inicio como al final del encuentro.
ARTÍCULO 12. Se encargará de disponer el material necesario antes de entrenamientos y partidos: botiquín, agua y recursos deportivos.
ARTÍCULO 13. Asistirá a los jugadores lesionados durante el calentamiento o el partido.
ARTÍCULO 14. Será responsable de realizar y subir a redes sociales una fotografía post-partido con el resultado. El incumplimiento continuado conllevará la suspensión de funciones.
ARTÍCULO 15. Tras cada partido, reportará el resultado y cualquier incidencia al grupo de comunicación interna del club.
ARTÍCULO 16. Supervisará el inventario de balones antes y después del entrenamiento, notificando posibles incidencias al Director Deportivo.
ARTÍCULO 17. Preparará y distribuirá el material en el terreno de juego antes del inicio de cada sesión.
ARTÍCULO 18. Nunca se dejará a menores solos en los vestuarios. Siempre deberá haber un adulto responsable presente.
ARTÍCULO 19. Tras el entrenamiento o partido, los jugadores menores saldrán en grupo y se entregarán personalmente a sus familias o tutores legales.
ARTÍCULO 20. Custodiará las llaves de taquillas y velará por su correcta utilización.
ARTÍCULO 21. Participará de forma activa en tareas de apoyo institucional: organización de listas, reparto de informes, ayuda en eventos, ventas, sorteos y otras iniciativas del club.
TÍTULO VII – FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS ENTRENADORES
ARTÍCULO 1. Los entrenadores son responsables de planificar, dirigir y coordinar la actividad deportiva de su equipo, siempre bajo los criterios del Proyecto Deportivo y en colaboración con la Coordinación Deportiva.
ARTÍCULO 2. El desempeño de sus funciones deberá caracterizarse por la puntualidad, profesionalidad y compromiso absoluto.
ARTÍCULO 3. Están obligados a conocer y hacer cumplir esta normativa, ejerciendo su autoridad con respeto y disciplina.
ARTÍCULO 4. Deberán cumplir estrictamente con los horarios y planificación de entrenamientos.
ARTÍCULO 5. Son responsables del correcto uso y conservación del material deportivo del club.
ARTÍCULO 6. Velarán por el buen uso de las instalaciones durante los entrenamientos y partidos.
ARTÍCULO 7. Podrán formar parte de comisiones internas designadas por la Coordinación o la Junta Directiva.
ARTÍCULO 8. No podrán usar el nombre del club ni actuar en su representación sin autorización expresa.
ARTÍCULO 9. Mantendrán una actitud ejemplar y respetuosa con todos los miembros del club.
ARTÍCULO 10. Asistirán a las reuniones y formaciones convocadas por la Coordinación.
ARTÍCULO 11. Deberán avisar con antelación suficiente si no pueden asistir a un entrenamiento, partido o evento, responsabilizándose de designar a su sustituto. La reiteración de ausencias injustificadas puede suponer la expulsión del cuerpo técnico.
ARTÍCULO 12. No se permite modificar horarios ni suspender entrenamientos sin aprobación previa.
ARTÍCULO 13. Elaborarán fichas técnicas y físicas de sus jugadores, entregando una evaluación completa al final de cada trimestre.
ARTÍCULO 14. Controlarán la asistencia y el compromiso del grupo, pudiendo actuar en consecuencia junto a Coordinación y Dirección Deportiva.
ARTÍCULO 15. Deberán presentarse con al menos 10 minutos de antelación en partidos, entrenamientos y eventos del club.
ARTÍCULO 16. Verificarán que los jugadores asistan con la indumentaria oficial del club. En caso contrario, no podrán participar en la actividad. La inacción del entrenador será motivo de advertencia por parte de Coordinación.
ARTÍCULO 17. Los entrenadores de Fútbol 7 hasta Infantiles son responsables de mover y recolocar las porterías supletorias cuando sea necesario.
ARTÍCULO 18. El entrenador o segundo entrenador debe redactar una crónica del partido, entregándola en un plazo máximo de 48 horas.
ARTÍCULO 19. Se recomienda que los entrenadores de categorías superiores fomenten el uso del vestuario tras el partido, incluyendo la ducha como parte del hábito deportivo.
ARTÍCULO 20. El primer entrenador será responsable último de todo lo que acontezca en su equipo. Cualquier conflicto deberá ser tratado directamente con él por parte del club.
ARTÍCULO 21. El cumplimiento de la metodología deportiva establecida por el club es obligatorio. El incumplimiento reiterado será motivo de cese inmediato.
ARTÍCULO 22. Colaborará activamente en actividades generales del club: sorteos, loterías, eventos, informes o cualquier otra necesidad institucional.
TÍTULO VIII – FUNCIONES DE LA COORDINACIÓN Y DIRECCIÓN DEPORTIVAS
ARTÍCULO 1. Los coordinadores deberán conocer en todo momento la situación de los equipos bajo su responsabilidad y mantener informado al Director Deportivo.
ARTÍCULO 2. Es obligatorio recopilar y supervisar la planificación semanal de los entrenamientos de todos los equipos, excepto del primer equipo.
ARTÍCULO 3. La coordinación deberá mantener una comunicación fluida con el entrenador del primer equipo, garantizando su buen funcionamiento y priorizando sus necesidades. El primer equipo representa el pilar estructural del club.
ARTÍCULO 4. Deben dominar el reglamento interno del club y aplicarlo con criterio y equidad, asegurando la coherencia organizativa en todas las categorías.
ARTÍCULO 5. Ninguna decisión relevante podrá ser tomada sin la aprobación previa del Director Deportivo y de la Junta Directiva.

